Ética y política anticorrupción

El presente Código de Ética ACCLAIM ENERGY no es ni pretende ser exhaustivo. Por lo tanto, las situaciones no previstas se resolverán conforme a criterios de mejores prácticas de administración y de gobierno corporativo.

Los temas adicionales que surjan de diversas situaciones de nuestro negocio y de la dinámica del entorno en general, se incorporarán conforme sea necesario.

El Código de Ética de ACCLAIM ENERGY está sustentado en la filosofía de la empresa y comprende los siguientes principios:

  1. Realizar las actividades que nos encomiendan nuestros clientes con lealtad, respeto, diligencia, legalidad, objetividad, imparcialidad, eficiencia, integridad y honradez.
  2. Respetar la dignidad, libertad, privacidad y los derechos de los colaboradores, a través de un trato justo, equilibrado y honesto.
  3. Proteger la salud y seguridad de nuestros colaboradores, nuestros clientes y el de las comunidades en donde opera nuestra empresa.
  4. Evitar cualquier tipo de discriminación, acoso, amenaza o abuso en el trato hacia nuestros colaboradores, socios y clientes.
  5. Prohibir el trabajo infantil.
  6. Evitar situaciones que puedan generar conflictos de intereses en las relaciones de los colaboradores con la empresa y en las relaciones con nuestros clientes.
  7. Cumplir con las leyes, reglamentos y demás normatividad aplicable establecida por los gobiernos de los países en los que operamos.
  8. Evitar los actos de corrupción sin excepción, en cualquiera de sus modalidades.
  9. Proteger y hacer buen uso de los activos tangibles e intangibles de la empresa y los de nuestros clientes.
  10. No participar en ningún acuerdo con clientes, proveedores ni competidores, que pretenda limitar el libre juego de las fuerzas de los mercados en los que operamos.
  11. No disponer de los activos de la empresa en beneficio personal.
  12. Generar información técnica, comercial, operativa y financiera veraz.
  13. Proteger la confidencialidad e integridad de la información personal o privilegiada de nuestros colaboradores y clientes, asegurando de que no haya usos o accesos no autorizados a ella.
  14. Publicitar sus servicios dentro del marco legal, de decencia, veracidad y lealtad, en beneficio de sus clientes y de la leal competencia en el mercado.
  15. Proteger el medio ambiente y hacer uso racional de los recursos al desarrollar nuestras actividades empresariales.
  16. Evitar la participación de la empresa, así como el uso de los activos o la imagen de la misma en actividades político-partidistas.

 

POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN

OBJETIVOS

Reafirmar a todos los colaboradores y directivos de ACCLAIM ENERGY el mandato de realizar sus actividades alineadas con los estándares éticos y de integridad, cumpliendo al mismo tiempo con las legislaciones de anticorrupción aplicables en los países donde nuestra compañía opera, incluyendo, sin limitar, la Ley Estadounidense de Prácticas Corruptas en el Extranjero (U.S. Foreign Corrupt Practices Act, FCPA).

Establecer las normas básicas y un marco general para prevenir, detectar, investigar, remediar y, en su caso, sancionar a una persona que labore o represente a la empresa que haya cometido un acto de corrupción, en cualquiera de sus manifestaciones y bajo cualquier circunstancia.

ALCANCE

La presente política es aplicable a:

  • ACCLAIM ENERGY en todos los países donde realice sus operaciones
  • Cada colaborador, ejecutivo, director o consejero de la empresa, sin importar su nivel de jerarquía o funciones.
  • Toda persona física o moral que, directa o indirectamente, actúe a nombre de la empresa, como representantes, agentes, consultores, asesores, socios referentes, etc.
  • Los contratistas, subcontratistas, proveedores, socios referentes y personas que no representen a la empresa pero que presten cualquier tipo de servicio a la misma deberán ser notificadas de la existencia de esta Política y serán exhortados a cumplirla.

LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS

  • Definiciones

Acto de corrupción o soborno: Prometer u ofrecer, pagar o recibir dinero u objetos de valor a cualquier persona, a fin de influenciar de manera inapropiada a realizar cualquier acto o decisión a fin de obtener un beneficio o ventaja de negocio indebido en favor personal o de la empresa.

El sólo hecho de prometer u ofrecer algún tipo de compensación indebida, aunque el hecho no se llegue a concretar, constituye en sí un acto de corrupción.

Objeto de valor: Obsequios, invitaciones a eventos de esparcimiento, gastos de viaje, oportunidades laborales y otras atenciones.

  • Lineamientos

Se deberá cumplir siempre y puntualmente con todas las legislaciones de anticorrupción o reglamentaciones aplicables en los países donde se opera, honrando en todo momento el valor de la honestidad.

Está prohibido que colaboradores, contratistas o representantes de la empresa realicen, ordenen, autoricen, prometan, conspiren o induzcan prácticas corruptas, ya sea directamente o a través de terceros.

Relaciones con otras empresas o instituciones

Queda prohibido ofrecer, solicitar, pagar o recibir, cualquier forma de compensación económica u Objeto de Valor de o a clientes, proveedores, empresas u otras organizaciones, a fin de obtener una ventaja indebida de negocios.

Relación con autoridades

No se permite el realizar un acto de soborno hacia autoridades, incluyendo funcionarios gubernamentales, colaboradores de empresas o entidades paraestatales, así como miembros de partidos políticos o candidatos a un puesto público, con el objetivo de inducir o generar una acción o inacción a fin de obtener un beneficio propio, para la empresa o para nuestros clientes.

Obsequios y atenciones

Está prohibido ofrecer o dar Objetos de Valor, ya sea en forma directa o indirecta, cuando éstas rebasen las prácticas razonables de negocios, sean inapropiadas o que no sean registradas contablemente por la empresa.

Registros contables

Los registros contables de la empresa deberán realizarse siempre apegados a los lineamientos y legislaciones correspondientes, incluyendo las de anticorrupción.

Las empresas deberán mantener los registros contables de manera que reflejen con precisión y con un nivel razonable de detalle cada una de las transacciones.

Uso de activos

Está prohibido el uso de activos o cualquier otro recurso de la empresa para cualquier finalidad que sea ilegal o contraria a los valores de la empresa.

MEDIDAS DISCIPLINARIAS

El cumplimiento de esta Política es condición para el empleo en ACCLAIM ENERGY.

Cualquier directivo o colaborador de la empresa que viole o incumpla con esta política de anticorrupción, estará sujeto a medidas disciplinarias pertinentes, incluyendo la terminación del contrato laboral e incluso la denuncia penal ante las autoridades competentes.

DENUNCIA

Cualquier directivo o colaborador de ACCLAIM ENERGY que posea información acerca de un acto de corrupción o de que exista el indicio de que esto ocurra, deberá reportarla en forma inmediata a la Dirección General en forma anónima o personalizada y a sus superiores, en caso de que éstos no estén involucrados.  Habrá cero tolerancia para cualquier medida de represalia hacia la persona que realice una denuncia con buena intención.

no-banner

Evaluación

Acclaim Energy comienza con su negocio – cada cliente es diferente y para conseguir el mejor v...

LEER MÁS
no-banner

Adquisiciones

Las opciones en el mercado son amplias y variadas, así que su plan estratégico de energía será l...

LEER MÁS
no-banner

Habilitación

Acclaim Energy tiene un historial amplio en optimizar las tecnologías más nuevas para entregar dat...

LEER MÁS
no-banner

Validación

Cada uno de los pasos anteriores son fundamentales pero a menos que podamos asegurar que las cuentas...

LEER MÁS
no-banner

Alcanzar el Exito en Sustentabilidad con ESG (ASG)

Hoy en día, todas las empresas se encuentran preocupadas por el cumplimiento ambiental, social y de...

LEER MÁS
Top