A partir del 1º de enero de este año entro en vigor el acuerdo A/073/2023 por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), que se publicó el día 14 diciembre 2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el cual la CRE autoriza el cálculo y ajuste de las tarifas finales que aplicara de manera individual a CFE Suministradora de Servicios Básicos (CFE SSB) y determina la tarifa regulada para los servicios conexos no incluidos en el Mercado Eléctrico Mayorista
El referido acuerdo impacta para que se revise el umbral de cumplimiento del factor de potencia mínimo (FP) llevándolo de 0.90 a 0.95 para aquellos usuarios que tengan un registro igual o mayor a 1MW.
Un aumento de 0.05 puntos, pareciera bajo, pero en términos reales ya ha comenzado a impactar a algunos de los usuarios durante este primer mes de su vigencia, es bien sabido que los usuarios en esa capacidad de consumo además de cumplir con esta nueva modificación deben cumplir también con el código de red (CD) requerido por el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE).
Para aquellos que no tengan los equipos necesarios para cumplir con este nuevo nivel, tendrán que hacer las inversiones para la adquisición e instalación de equipo adicional en sus instalaciones actuales, si es su deseo no aumentar el monto en facturación de su servicio de energía eléctrica.
La actualización del banco de capacitores es la solución típica para omitir ese pago adicional que se tendría que hacer para evitar el incumplimiento por no alcanzar el mínimo requerido de 0.95 en el Factor de Potencia.
Por lo anterior recomendamos realizar un análisis completo del tipo de cargas dentro de las instalaciones, es decir que cada caso en particular debe ser analizado acorde al tipo de industria, proceso o servicio que se proporcione.
Es importante aclarar que no se trata de una “multa” por incumplimiento, más bien es un sobre cargo que se hace por no registrar un aprovechamiento eficiente del consumo de energía.
Para aquellos que no están familiarizados con este término les comento que el factor de potencia es una medida de eficiencia y pensando en todos los factores que intervienen en la ecuación para lograr el suministro de energía (dígase en el esquema que sea), si un usuario tiene un factor de potencia bajo con respeto al mínimo exigible, prácticamente estaría transfiriendo un problema de ineficiencia a la red de transmisión, la cual es de CFE, razón por la que esta entidad es la responsable de emitir este cargo cuando su red es afectada.
La escala de medida de factor de potencia va de 0 a 1, donde 1 es el máximo, indica una eficiencia en el uso del 100% de la energía en una instalación.
En nuestro país existen compañías que suministran equipos y soluciones que ayudaran al cumplimiento del factor de potencia, código de red, etc, por lo que es recomendable acercarse a un experto en estos temas.
En Acclaim Energy tenemos una amplia experiencia apoyando a compañías en la gestión integral de la energía y acorde al esquema de suministro de energía en que se encuentren, hemos apoyado desde hace más de 20 años a compañías a cumplir con las nuevas regulaciones, para disminuir riesgos y dar transparencia de inicio a fin a los procesos que tienen que ver con la estrategia energía.
Si tienen alguna duda o ampliar más este tema sobre cumplimiento al factor de potencia o el código de red, no duden en comunicarse con nosotros al correo electrónico gabriel.lara@acclaimenergy.com.mx o al teléfono (55) 4351 6633, Gabriel Lara.